Si queremos implantar la Responsabilidad Social en la cultura empresarial, incluyamos en sus estatutos la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Desde mi punto de vista hablar de Responsabilidad Social es hablar de Derechos Humanos, por eso me baso en La Declaración de Derechos Humanos  Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948 para escribir este artículo.  http://www.un.org/es/documents/udhr/

Si nos fijamos en los dos últimos artículos 29 y 30 de la Declaración Universal son la base de lo que yo pienso que se busca con la Responsabilidad Social :   que los proyectos y las empresas tengan en cuenta, reconozcan los impactos de sus decisiones en la comunidad o sociedad.  Con la puesta en práctica de la Responsabilidad Social se procura que el artículo 30 se cumple: “Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.”

En el artículo 29 se habla del respeto a la comunidad que para mí es lo mismo que la S de la Responsabilidad Social (personas y entorno), este artículo dice:

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Al mismo tiempo, al proclamarse esta Declaración Universal también se dice que hay que «…esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren su reconocimiento y aplicación universales y efectivos…”

Yo defiendo la idea de que para que la Responsabilidad Social tenga un impacto real y comprobemos sus beneficios, se debe asegurar el reconocimiento de su aplicación efectiva en los proyectos y las empresas que los llevan a cabo dentro de su gestión. Y para ello este tipo de gestión tiene que estar incorporada en los planes de actuación o planes de negocio de forma que se pueda reconocer de forma fácil y trasparente por cualquier persona que quiera tener algún tipo de relación  con el proyecto o empresa ( los  grupos de interés). Por tanto aquí enlazo con la relación directa de las PYMES y la Responsabilidad Social porque a veces las grandes empresas confunden gestión de RSE con filantropía y no es lo mismo. Como tampoco es lo mismo dedicar una parte del presupuesto a una acción social que gestionar con responsabilidad social, y este último concepto es el que deberíamos impulsar para una verdadera transformación de la mentalidad de quienes toman decisiones en cualquier ámbito de la actividad del proyecto o empresa. Para que en todos ellos esté integrada esta actitud de responsabilidad social.

A pesar de que creo que es más fácil integrar este tipo de gestión en las PYMES y los emprendedores, considero que no se debe hacer distinción en el tamaño de las empresas sino en la voluntad y en la actitud. Como se menciona en el ya mencionado artículo 30, hemos de referirnos a: “…Estado,  un grupo o  una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos…”

Por todo lo expresado, en ningún caso, por mucho código de buenas prácticas y muchas alusiones a la ética que se hagan, sino se respeta el artículo 30 en las actuaciones derivadas de las decisiones tomadas no se podría hablar de Responsabilidad Social en la gestión.

Otro aspecto importante al que alude la proclamación de La Declaración Universal es cómo promover a través de las personas y de las instituciones (yo añado, que a su vez están formadas por personas)  estos Derechos Humanos, y dice “ …mediante la enseñanza y la educación…”

Esto es fundamental , por eso yo pienso que las Universidades y escuelas de Formación Profesional (cualquiera que sea su  ámbito o especialidad) deberían incluir módulos de enseñanza para saber que una empresa o proyecto se crea con el objeto de satisfacer una demanda social y por tanto para añadir valor a la sociedad, lo que a su vez conlleva que el proyecto o empresa sea respetuoso/a con ella teniendo en cuenta en todas las decisiones este aspecto social, fundamental y que además le reportará una mayor y más sostenible rentabilidad cuanto más empeño se  ponga en él.

Me gustaría hacer mención a la forma de promover esa actitud de responsabilidad social en las empresas porque ya existe un tipo de empresa, o emprendedores que por su propia definición la promueve en algunos aspectos de su gestión, me estoy refiriendo a la sociedad cooperativa. También está la empresa de economía social y el emprendedor social, pero desde mi punto de vista la sociedad cooperativa podría ser el vehículo más eficaz a través del cual se propagara esta mentalidad de responsabilidad social en las empresas a través de los compromisos individuales que conlleva la aceptación de unos estatutos que bien definidos pueden recoger este tipo de gestión comprometida con la sociedad, el entorno y los derechos humanos.

Por último también considero interesante el método para que el desarrollo de este tipo de gestión sea eficaz  “…y asegure, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos…”  ,  y aquí  es donde entra, desde mi punto de vista, la creación del Valor Compartido. Porque todo lo que sabemos las personas lo hemos aprendido a lo largo de nuestra vida, de personas y acontecimientos o experiencias, pero ese conocimiento que añade valor, si no lo aplicamos es como si no existiese y para aplicarlo hay que compartirlo. Así pues para que la Responsabilidad Social se reconozca, se aplique universalmente y tenga efectividad hemos de ser capaces de unir y compartir esos conocimientos de forma profesional para que se convierta en un método de trabajo para todos aquellos que quieran aplicar la gestión con Responsabilidad Social.

Si conseguimos implantar este tipo de gestión, esta cultura o mentalidad empresarial en todos aquellos nuevos emprendedores o gestores de proyectos que van a iniciar su andadura en estos tiempos difíciles ,conseguiremos demostrar que ellos, no sólo van a superar la crisis sino que, van a pasar a ser imitados por aquellos que no se lo creían. Creemos escuela, pasemos de las palabras a los hechos.

En resumen:

La Responsabilidad Social, tal y como yo la entiendo, es la puesta en práctica por parte de los emprendedores y de las empresas, a  través de las personas que toman las decisiones para el funcionamiento del proyecto que llevan a cabo, de una actividad que aporta valor a la sociedad sin menoscabar y respetando todos y cada uno de los artículos aprobados en la Declaración Universal de Derechos Humanos proclamada por Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948. Es decir que esa actividad tenga en cuenta los impactos en las personas y en el entorno para que no se produzcan actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, y así dar cumplimiento a su artículo 30.

La Responsabilidad Social se debe de promover a través de la enseñanza y de la educación en las Universidades y en la Formación profesional ( en todos sus aspectos) para que pase a ser uno de los fundamentos de la gestión y así sea conocida por toda la sociedad, tanto para creadores, dirigentes, trabajadores, inversores, etc  de los nuevos proyectos y de las empresas.

Un posible vehículo de trasmisión de este tipo de gestión son las sociedades cooperativas.

Y el método de desarrollo de este tipo de gestión sería el del valor compartido. De forma similar a como la cultura y las tradiciones se pasan de padres a hijos, de profesores a alumnos o de expertos a aprendices.